SE APRUEBA LA LEY DE FAMILIAS QUE INCLUYE UN PERMISO DE CINCO DIAS POR CUIDADO DE FAMILIARES

El Gobierno aprueba la Ley de Familias que incluye un permiso de cinco días por cuidado de familiares

La Ley de Familias que ha aprobado el Gobierno equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios e incluye un permiso retribuido de cinco días al año por cuidado de un familiar o conviviente y extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos, entre otras medidas. Los beneficiarios podrán utilizar este permiso en caso de accidente o enfermedad grave. También por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.

La norma, también regula un permiso parental de ocho semanas, que se podrá disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años. En cuanto a la ampliación de la protección social a las familias, se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de 0 a 3 años. Ahora, esta renta ya está vigente desde enero para las mujeres que están en paro o que hayan cotizado al menos un mes. Además, la norma da un paso más en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho. Éstas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

La ley define como familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza a las familias numerosas, además de las que forman una mujer con dos hijos; los hogares con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos, encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y las familias con dos hijos en la que uno de los progenitores esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

A partir de ahora, pasarán a considerarse familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza “de categoría especial” las que hasta ahora eran tienen cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos, hasta el 150% del IPREM. Es decir, hasta 900 euros al mes. Le ley se articula en torno a cuatro pilares principales: la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza; avanzar en la garantía del derecho a la conciliación; el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España, y el reconocimiento y protección de los derechos de los niños y adolescentes.

En cuanto a la ampliación de la protección social a las familias, se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de 0 a 3 años. Según los cálculos del departamento, esta medida beneficiará a unas 250.000 nuevas madres en España.

Asimismo, se crea la denominación de ‘Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza’ en la que se incluye a las “familias numerosas”, además de las monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

Pasan a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza “de categoría especial” las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).

Respecto a la garantía del derecho a la conciliación, la ley crea tres permisos de cuidados: Permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo. Permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años. Permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.

La ley también equipara de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio. Genera asimismo un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras. En concreto, las familias múltiples, es decir, aquellas que tienen varios hijos o hijas a la vez, serán consideradas como colectivo de especial protección y los hijos e hijas de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.